Certificado de Eficiencia Energética

Certificado de Eficiencia Energética

El Certificado de Eficiencia Energética es una documentación suscrita por un técnico competente que informa sobre las características, consumo de energía y calificación de eficiencia energética de un edificio o parte del mismo. Dicha calificación consiste en una letra comprendida entre la A y la G, siendo A la mayor eficiencia posible y G la menor.

A partir del 1 de junio de 2013 todos los promotores o propietarios de edificios, viviendas y locales que se construyan, vendan o alquilen deberán contar con este certificado, que una vez emitido tiene una validez de diez años, y exhibir su etiqueta energética en cualquier anuncio de compra/venta o alquiler del inmueble.

El objetivo de esta medida, impulsada desde la Unión Europea, consiste en promover el ahorro de energía en los edificios residenciales, de oficinas y comerciales, que en Europa suponen en torno al 40% de la demanda energética.

En Biok le ofrecemos un servicio de Certificación Energética de calidad y el valor añadido de años de experiencia en el sector de la eficiencia energética que, además de emitir y tramitar su certificado, nos permite asesorarle convenientemente sobre aquellas mejoras que le permitirían ahorrar energía y mejorar la calificación de su inmueble.

¿A QUÉ EDIFICIOS AFECTA Y A CUÁLES NO?

Etiqueta de Eficiencia Energética

Afecta a:

  • Todos los edificios de nueva construcción (ya era obligatorio desde 2007).
  • Edificios, viviendas y locales que se vendan o alquilen a un nuevo inquilino y no tengan un certificado en vigor.
  • A los edificios en los que una entidad pública ocupe más de 250 m2 y sean frecuentados por el público.

No afecta a:

  • Edificios y monumentos protegidos.
  • Edificios o partes de estos usados en exclusiva para actividades religiosas.
  • Construcciones provisionales con un plazo previsto de uso inferior a dos años.
  • Edificios industriales, de defensa y agrícolas no residenciales.
  • Edificios aislados con una superficie útil inferior a 50 m2.
  • Edificios que se adquieran para reformas importantes o demolición.

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